Con la ley 31/2015 se procede, entre otros objetivos, a modificar las medidas de fomento del autoempleo a través de la prestación por desempleo con la finalidad de facilitar al trabajador por cuenta propia el inicio de la actividad, además de garantizarle la protección por desempleo que dejó de percibir al causar alta en la Seguridad Social en caso en caso de no conseguir la viabilidad.
miércoles, 23 de septiembre de 2015
MODIFICACIONES EN LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO. LEY 31/2015
Con la ley 31/2015 se procede, entre otros objetivos, a modificar las medidas de fomento del autoempleo a través de la prestación por desempleo con la finalidad de facilitar al trabajador por cuenta propia el inicio de la actividad, además de garantizarle la protección por desempleo que dejó de percibir al causar alta en la Seguridad Social en caso en caso de no conseguir la viabilidad.
jueves, 17 de septiembre de 2015
TRADE CON TRABAJADORES POR CUENTA AJENA A SU CARGO
Hasta ahora los trabajadores autónomos
económicamente dependientes no podían tener a su cargo trabajadores por cuenta
ajena. Mediante la Ley 31/2015 se da una nueva redacción a la Ley del Estatuto
del trabajo autónomo estableciendo en la
letra a) del artículo 11.2 una serie de condicionantes en los que no se
aplicaría esta prohibición.
jueves, 13 de agosto de 2015
CASOS EN LOS QUE EL CONTRATO TEMPORAL SE TRANSFORMA EN INDEFINIDO
Ha de ocurrir que se dé una falta
de alta en la Seguridad Social y que haya transcurrido un plazo equivalente al
del periodo de prueba estipulado o que se hubiese podido pactar. (TS, Sala 4ª,
Sentencia de 30 de junio de 2005).
Se considera aplicable cuando la
contratación de los servicios se realiza a través de un contrato administrativo
(TSJ Málaga, Sala de lo Social, sentencia de 22 de noviembre de 2012), pero la
presunción no es aplicable si el trabajador es dado de alta pero una jornada
inferior a la realizada. (TSJ Madrid, Sala Social, sentencia de 19 de mayo de
2003)
miércoles, 5 de agosto de 2015
REQUISITOS PARA LA VALIDEZ DEL CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO (SENTENCIA DEL TS DE 4 DE OCTUBRE DE 2007)
- Que la obra o servicio que constituya su objeto, presente autonomía y sustantividad propia dentro de lo que es la actividad de la empresa.
El ámbito de este contrato es muy amplio y no necesariamente tienen que ser independiente de la actividad normal de la empresa, sino que basta que dentro de la actividad permanente, habitual u ordinaria de la empresa aparezcan las obras o servicios individualizados, concretados, de manera que gocen de autonomía y sustantividad propia.
jueves, 30 de julio de 2015
REAL DECRETO 708/2015, DE 24 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO GENERAL SOBRE INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS Y AFILIACIÓN, ALTAS Y BAJAS Y VARIACIONES DE DATOS DE TRABAJADORES EN LA SEGURIDAD SOCIAL
Mediante el Real Decreto
708/2015, de 24 de julio, se realizan las modificaciones y adaptaciones para la
aplicación y el desarrollo de la Ley 34/2014 de medidas en materia de
liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.
Una de las modificaciones que
exige este desarrollo reglamentario es el contenido en el Reglamento General
sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas y variaciones de
datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
84/1996, de 26 de enero.
sábado, 4 de julio de 2015
LA INCLUSIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS BECARIOS; ¿CÓMO QUEDA?
En el año 2011 se publicó el Real Decreto 1493/2011 que regulaba la inclusión de las personas que participan en programas de formación en el Régimen General de la Seguridad Social, en desarrollo de lo previsto en la Ley 27/2011.
Poco después se publica el Real Decreto 1707/2011, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y que determinaba en su Disposición Adicional 1ª que las personas que realizaran prácticas amparadas en este Real Decreto quedaban expresamente excluidas de la aplicación de la norma anterior.
lunes, 15 de junio de 2015
EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS: FALTA DE ADAPTACIÓN DEL TRABAJADOR
Se trata de una causa muy singular, que marca antes de nada el alcance de las obligaciones de reciclaje profesional del trabajador, así como de las cargas impuestas al empleador en ese contacto de cambios tecnológicos.
Conceptualmente supone un supuesto de ineptitud sobrevenida pero supone una ineptitud tras una modificación técnica que busca el incremento de la productividad y eficacia del trabajo.
lunes, 11 de mayo de 2015
EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS: LA INEPTITUD DEL TRABAJADOR
La actual regulación de la
extinción del contrato de trabajo por ineptitud señala que el contrato podrá
extinguirse “por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad
a su colocación efectiva en la empresa. La ineptitud existente con anterioridad
al cumplimiento de un período de prueba no podrá alegarse con posterioridad a
dicho cumplimiento.” (Art. 52.a) ET)
Como podemos apreciar en el
artículo se recoge una definición muy amplia, que vincula la ineptitud del
trabajador, ya sea conocida o sobrevenida, con la posterior “colocación
efectiva en la empresa” y con el periodo de prueba de la relación laboral.
lunes, 13 de abril de 2015
BASES TEÓRICAS DEL DESPIDO
□ Diferencias y
similitudes entre despido y extinción del contrato por término.
Son dos ejemplos de
extinción del contrato de trabajo, uno por término del periodo contratado o de
la obra o servicio objeto del contrato, y el despido es una extinción del
contrato por voluntad unilateral del empresario, antes del término del periodo
u obra o servicio de este.
Según el artículo 49 del
Estatuto de los Trabajadores, el contrato de trabajo se puede extinguir por acuerdo de las partes, por dimisión del
trabajador, por muerte, gran invalidez o invalidez permanente total o absoluta del trabajador, por jubilación del
trabajador, por muerte, jubilación o incapacidad del empresario, por fuerza
mayor, por cesación, por voluntad del trabajador por incumplimiento contractual
del empresario y en el caso que nos ocupa aquí, por expiración del tiempo
convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, por despido
del trabajador y por causas objetivas legalmente procedentes.
lunes, 9 de marzo de 2015
LOS PROBLEMAS DE DETERMINACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO APLICABLE A LA EMPRESA POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD
A la hora de determinar el convenio colectivo aplicable a la empresa se nos pueden plantear ciertas dudas, entre ellas las derivadas de la actividad de la empresa en relación con el ámbito
de aplicación de los posibles convenios.
Y es que no
contamos con ninguna norma específica de aplicación, sólo con un par de
referencias jurídicas; por un lado el presunto principio de libertad de
fijación de las partes y por otro el mal llamado principio de unidad de la
empresa, luego evolucionado hacia los principios de actividad principal y de
especificidad.
domingo, 8 de febrero de 2015
INNOVACIÓN Y PERSONAS
Siempre que pensamos en innovación nos viene rápidamente a la cabeza la imagen de un producto nuevo y revolucionario, que es además un medio muy bueno para el crecimiento de la empresa en su sector, un concepto bastante atractivo para todos pero que en la práctica no es tan fácil de aplicar y de poder superar todas las barreras a las que se enfrentan los emprendedores y las empresas para que se den innovaciones.
Una parte importante en cualquier proceso de innovación viene de la gestión de las personas; reclutar para el éxito, formar equipos para esta labor, manejar de manera conveniente las relaciones entre el equipo y la organización, la creación de estructuras y sistemas propicios para la innovación constante, etc.
lunes, 19 de enero de 2015
CLIENTES INTERNOS
Cada vez vemos un enfoque más cercano e intenso de las empresas con sus clientes y potenciales debido sobre todo a la dificultad cada vez mayor del mercado.
También podemos observar que todos estos aspectos que se han ido desarrollando en la gestión comercial y marketing y que generalmente han dado buenos resultados, raramente se ha extendido al departamento de recursos humanos.
Podrían funcionar muchas de estas claves en los clientes internos de nuestras empresas, que como el caso del cliente de fuera ha cambiado como la sociedad.
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