miércoles, 23 de septiembre de 2015

MODIFICACIONES EN LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO. LEY 31/2015



Con la ley 31/2015 se procede, entre otros objetivos, a modificar las medidas de fomento del autoempleo a través de la prestación por desempleo con la finalidad de facilitar al trabajador por cuenta propia el inicio de la actividad, además de garantizarle la protección por desempleo que dejó de percibir al causar alta en la Seguridad Social en caso en caso de no conseguir la viabilidad.  

jueves, 17 de septiembre de 2015

TRADE CON TRABAJADORES POR CUENTA AJENA A SU CARGO


Hasta ahora los trabajadores autónomos económicamente dependientes no podían tener a su cargo trabajadores por cuenta ajena. Mediante la Ley 31/2015 se da una nueva redacción a la Ley del Estatuto del trabajo autónomo  estableciendo en la letra a) del artículo 11.2 una serie de condicionantes en los que no se aplicaría esta prohibición.

jueves, 13 de agosto de 2015

CASOS EN LOS QUE EL CONTRATO TEMPORAL SE TRANSFORMA EN INDEFINIDO


- No dar de alta al trabajador en la Seguridad Social o retrasarla en exceso

Ha de ocurrir que se dé una falta de alta en la Seguridad Social y que haya transcurrido un plazo equivalente al del periodo de prueba estipulado o que se hubiese podido pactar. (TS, Sala 4ª, Sentencia de 30 de junio de 2005).

Se considera aplicable cuando la contratación de los servicios se realiza a través de un contrato administrativo (TSJ Málaga, Sala de lo Social, sentencia de 22 de noviembre de 2012), pero la presunción no es aplicable si el trabajador es dado de alta pero una jornada inferior a la realizada. (TSJ Madrid, Sala Social, sentencia de 19 de mayo de 2003)

miércoles, 5 de agosto de 2015

REQUISITOS PARA LA VALIDEZ DEL CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO (SENTENCIA DEL TS DE 4 DE OCTUBRE DE 2007)


Que la obra o servicio que constituya su objeto, presente autonomía y sustantividad propia dentro de lo que es la actividad de la empresa.


El ámbito de este contrato es muy amplio y no necesariamente tienen que ser independiente de la actividad normal de la empresa, sino que basta que dentro de la actividad permanente, habitual u ordinaria de la empresa aparezcan las obras o servicios individualizados, concretados, de manera que gocen de autonomía y sustantividad propia. 


jueves, 30 de julio de 2015

REAL DECRETO 708/2015, DE 24 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO GENERAL SOBRE INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS Y AFILIACIÓN, ALTAS Y BAJAS Y VARIACIONES DE DATOS DE TRABAJADORES EN LA SEGURIDAD SOCIAL


Mediante el Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, se realizan las modificaciones y adaptaciones para la aplicación y el desarrollo de la Ley 34/2014 de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.

Una de las modificaciones que exige este desarrollo reglamentario es el contenido en el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero.

sábado, 4 de julio de 2015

LA INCLUSIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS BECARIOS; ¿CÓMO QUEDA?

En el año 2011 se publicó el Real Decreto 1493/2011 que regulaba la inclusión de las personas que participan en programas de formación en el Régimen General de la Seguridad Social, en desarrollo de lo previsto en la Ley 27/2011.
Poco después se publica el Real Decreto 1707/2011, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y que determinaba en su Disposición Adicional 1ª que las personas que realizaran prácticas amparadas en este Real Decreto quedaban expresamente excluidas de la aplicación de la norma anterior.

lunes, 15 de junio de 2015

EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS: FALTA DE ADAPTACIÓN DEL TRABAJADOR

Se trata de una causa muy singular, que marca antes de nada el alcance de las obligaciones de reciclaje profesional del trabajador, así como de las cargas impuestas al empleador en ese contacto de cambios tecnológicos.

Conceptualmente supone un supuesto de ineptitud sobrevenida pero supone una ineptitud tras una modificación técnica que busca el incremento de la productividad y eficacia del trabajo.

lunes, 11 de mayo de 2015

EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS: LA INEPTITUD DEL TRABAJADOR

La actual regulación de la extinción del contrato de trabajo por ineptitud señala que el contrato podrá extinguirse “por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa. La ineptitud existente con anterioridad al cumplimiento de un período de prueba no podrá alegarse con posterioridad a dicho cumplimiento.” (Art. 52.a) ET)

Como podemos apreciar en el artículo se recoge una definición muy amplia, que vincula la ineptitud del trabajador, ya sea conocida o sobrevenida, con la posterior “colocación efectiva en la empresa” y con el periodo de prueba de la relación laboral.

lunes, 13 de abril de 2015

BASES TEÓRICAS DEL DESPIDO

□ Diferencias y similitudes entre despido y extinción del contrato por término.

Son dos ejemplos de extinción del contrato de trabajo, uno por término del periodo contratado o de la obra o servicio objeto del contrato, y el despido es una extinción del contrato por voluntad unilateral del empresario, antes del término del periodo u obra o servicio de este.

Según el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato de trabajo se puede extinguir  por acuerdo de las partes, por dimisión del trabajador, por muerte, gran invalidez o invalidez permanente total  o absoluta del trabajador, por jubilación del trabajador, por muerte, jubilación o incapacidad del empresario, por fuerza mayor, por cesación, por voluntad del trabajador por incumplimiento contractual del empresario y en el caso que nos ocupa aquí, por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, por despido del trabajador y por causas objetivas legalmente procedentes.

lunes, 9 de marzo de 2015

LOS PROBLEMAS DE DETERMINACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO APLICABLE A LA EMPRESA POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD

A la hora de determinar el convenio colectivo aplicable a la empresa se nos pueden plantear ciertas dudas, entre ellas las derivadas de la actividad de la empresa en relación con el ámbito de aplicación de los posibles convenios.

Y es que no contamos con ninguna norma específica de aplicación, sólo con un par de referencias jurídicas; por un lado el presunto principio de libertad de fijación de las partes y por otro el mal llamado principio de unidad de la empresa, luego evolucionado hacia los principios de actividad principal y de especificidad.

domingo, 8 de febrero de 2015

INNOVACIÓN Y PERSONAS

Siempre que pensamos en innovación nos viene rápidamente a la cabeza la imagen de un producto nuevo y revolucionario, que es además un medio muy bueno para el crecimiento de la empresa en su sector, un concepto bastante atractivo para todos pero que en la práctica no es tan fácil de aplicar y de poder superar todas las barreras a las que se enfrentan los emprendedores y las empresas para que se den innovaciones.

Una parte importante en cualquier proceso de innovación viene de la gestión de las personas; reclutar para el éxito, formar equipos para esta labor, manejar de manera conveniente las relaciones entre el equipo y la organización, la creación de estructuras y sistemas propicios para la innovación constante, etc.

lunes, 19 de enero de 2015

CLIENTES INTERNOS

Cada vez vemos un enfoque más cercano e intenso de las empresas con sus clientes y potenciales debido sobre todo a la dificultad cada vez mayor del mercado.


También podemos observar que todos estos aspectos que se han ido desarrollando en la gestión comercial y marketing y que generalmente han dado buenos resultados, raramente se ha extendido al departamento de recursos humanos.

Podrían funcionar muchas de estas claves en los clientes internos de nuestras empresas, que como el caso del cliente de fuera ha cambiado como la sociedad.